Después de meses de extensas discusiones en el Congreso de la Unión, el pasado 3 de marzo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se reforman las fracciones IV y XI del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para dar paso a la reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales.
Esta reforma representa un cambio histórico en el régimen laboral mexicano y constituye uno de los cambios más relevantes en las últimas décadas. No obstante, también presenta retos e implicaciones significativas para los sectores productivos del país.
En términos generales, la reforma modifica el marco constitucional aplicable a la jornada laboral, reduciéndola de 48 horas máximas semanales a 40 horas. Si bien estas modificaciones se encuentran en el texto constitucional desde su día de publicación, el órgano legislativo estableció, en el artículo tercero transitorio, un esquema de implementación gradual que permite a las empresas y personas empleadoras a adaptar sus modelos operativos a estos nuevos lineamientos.
Esto significa que la reducción de la jornada no será inmediata, sino que se reducirá progresivamente 2 horas por año hasta alcanzar las 40 horas en el año 2030:

Uno de los principios centrales de la reforma es preservar la integridad de los salarios y las prestaciones de las personas trabajadores, por lo que, la reducción de la jornada no podrá implicar una disminución en estas mismas figuras.
Asimismo, el decreto mantiene el principio constitucional conforme al cual se reconoce el derecho de los trabajadores de disfrutar un dia de descanso con goce de salario integro por cada seis días de trabajo.
Por otro lado, la reforma también genera cambios relevantes en cuanto a las reglas sobre las horas extraordinarias de trabajo, expresando que las horas extras no podrán exceder las 12 horas semanales, pudiendo distribuirse hasta por cuatro horas máximas por día, por cuatro días a la semana, mismas que se pagarán al doble (salario más un 100% adicional), y al triple las horas que excedan de este límite (salario más un 200% adicional).
El reto que impone esta reforma es claro: mantener niveles adecuados de productividad bajo nuevos parámetros que implican menores horas laborables. En lo particular, el sector minero enfrenta desafíos relevantes en cuanto a sus esquemas de producción continua, que, en ocasiones, requieren de turnos rotativos y jornadas organizadas en ciclos prolongados, especialmente tratándose de proyectos en zonas remotas o que operan mediante sistemas de campamento. En este contexto, la reducción progresiva de la jornada laboral implicará la necesidad de revisar cuidadosamente los esquemas de rotación y la duración de los turnos actualmente utilizados en el sector.
La adaptación de estos esquemas al nuevo límite de horas semanales requiere que las empresas mineras lleven a cabo un análisis detallado de la distribución efectiva de sus horas de trabajo, así como del cumplimiento con los nuevos parámetros constitucionales.
No cabe duda de que estamos presenciando una reforma histórica que busca equilibrar la productividad con el bienestar de las personas trabajadoras. Para la industria minera, el principal reto consistirá en adaptar sus peculiares esquemas operativos a estos nuevos lineamientos sin comprometer la continuidad de sus operaciones ni la competitividad de sus proyectos.
En ALN Mining Law Firm, nos encontramos a su disposición para brindar asesoriamiento respecto a estos nuevos parámetros constitucionales, así como apoyar en la revisión y adaptación de políticas internas y estrategias de cumplimiento, para asegurar un cumplimiento integral y eficiente de las nuevas disposiciones legales.
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