Nuevo acuerdo de SEMARNAT sobre Minería en Áreas Naturales Protegidas

El Acuerdo, suscrito el 10 de julio de 2026 y vigente desde el día hábil siguiente a su publicación, instruye a las distintas unidades administrativas de la SEMARNAT —incluyendo la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), delegaciones federales y organismos desconcentrados— sobre la forma en que deberán resolver las solicitudes relacionadas con proyectos mineros dentro de ANP. Su fundamento jurídico deriva de la reciente jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitida con motivo de las impugnaciones promovidas contra la reforma minero-ambiental de mayo de 2023.

Otro aspecto de gran relevancia es el carácter vinculante que adquieren los dictámenes técnicos emitidos por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP). A partir de este Acuerdo, dichos pronunciamientos dejan de ser un elemento meramente consultivo para convertirse en determinantes dentro del procedimiento de evaluación ambiental, limitando el margen de decisión de la autoridad ambiental cuando se identifique una afectación a un ANP.