El pasado 6 de junio de 2026, el Gobierno de México depositó ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el instrumento de ratificación del Convenio 176 sobre Seguridad y Salud en las Minas, uno de los principales instrumentos internacionales en materia de seguridad minera.
De conformidad con el artículo 18 del Convenio, éste entrará en vigor para México doce meses después de la fecha de registro de la ratificación, es decir, en junio del 2027.
¿Qué regula el Convenio 176?
El Convenio tiene por objeto establecer estándares mínimos para la protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras que desarrollan actividades mineras.
Entre sus disposiciones más relevantes destacan:
- La identificación, evaluación y control de los riesgos inherentes a las operaciones mineras.
- La implementación de medidas preventivas y sistemas de gestión de seguridad y salud.
- El establecimiento de procedimientos de emergencia, evacuación y rescate.
- La capacitación e información permanente a las personas trabajadoras.
- La participación de las personas trabajadoras en asuntos relacionados con seguridad y salud ocupacional.
¿Qué implica para el sector minero mexicano?
Si bien la legislación mexicana ya contempla diversas obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, la ratificación del Convenio 176 fortalece el compromiso del Estado mexicano de mantener un marco regulatorio alineado con estándares internacionales especializados en seguridad minera.
En la práctica, ello podría traducirse en una mayor atención por parte de la autoridad al cumplimiento efectivo de las medidas de seguridad y salud en las operaciones mineras, así como a la capacidad de las empresas para acreditar documentalmente dicho cumplimiento.
Asimismo, aspectos como la gestión preventiva de riesgos, los programas de capacitación, la investigación de incidentes, los planes de respuesta a emergencias y la participación de los trabajadores en materia de seguridad podrían adquirir una relevancia creciente dentro de los procesos de supervisión y vigilancia.
Consideraciones para las empresas mineras
Ante la próxima entrada en vigor del Convenio para México, resulta recomendable que las empresas del sector revisen de manera preventiva el grado de alineación de sus políticas, procedimientos y controles internos con los principios establecidos en este instrumento internacional.
Particularmente, conviene verificar que los mecanismos de identificación y gestión de riesgos, los programas de capacitación, los protocolos de respuesta a emergencias y los procedimientos de investigación de incidentes se encuentren debidamente implementados y respaldados por evidencia documental suficiente.
Comentarios finales
Aunque gran parte de sus disposiciones ya encuentran reflejo en la legislación mexicana, la ratificación del Convenio 176 envía una señal clara sobre la relevancia que la seguridad y salud ocupacional continuará teniendo dentro de la agenda regulatoria del sector minero. En este contexto, resulta oportuno que las empresas revisen sus prácticas y mecanismos de cumplimiento para asegurar que sus operaciones se encuentren preparadas ante posibles requerimientos, inspecciones o cambios regulatorios futuros.
Miguel Rivera
Asociado


